Lo que marcó el 2020

Este año no se olvida más. La pandemia del coronavirus obligó prácticamente a todo el mundo a cambiar su forma de vida. El trabajo, el esparcimiento, el emprendimiento e incluso la forma de relacionarnos ya no son lo mismo.

En Grupo Vial Serrano Abogados nos concentramos en los temas que son de nuestra especialidad para seleccionar lo que marcó este 2020.

Estos son nuestros elegidos como los hitos del año.

Laboral: Por el contexto en el que se promulgó, la Ley de Protección al Empleo resultó de suma relevancia. La iniciativa permitió aliviar a muchas empresas que vieron reducidos sus ingresos abruptamente cuando comenzaron las medidas de confinamiento. Esta medida les permitió disminuir la carga de trabajo, dándoles la oportunidad de reducir o suspender los contratos de trabajo. A esto se le sumó la norma que impide retirar dividendos a las sociedades anónimas mientras la sociedad se encuentre acogida a esta ley, lo que resulta muy relevante pues nos lleva a recomendar la utilización de esta herramienta como último recurso.

Por otra parte, la Ley de Teletrabajo apuró su tramitación ante el peso de la realidad, buena parte de los chilenos comenzaron a trabajar desde sus casas y era necesario un marco normativo para dicha modalidad. Un aspecto novedoso y relevante que estableció fue el Derecho a Desconexión de al menos 12 horas continuas de los trabajadores que no están sujetos a jornada de trabajo.

Finalmente, destacamos otra medida que tuvo directa relación con la pandemia: la Licencia Médica Preventiva Parental, más conocida como Postnatal de Emergencia, que consistió en una ley que amplió el postnatal hasta por 3 meses y que además permitió que los padres de niños menores a 7 años pudiesen suspender unilateralmente sus contratos, a fin de cuidarlos, en el contexto de cierre de centros educacionales.

Corporativo: En esta área destacamos la tramitación de la primera reforma a la “nueva” Ley de Insolvencia y Reemprendimiento que viene en resolver algunos aspectos prácticos de aplicación y acceso al general de la población a esta poderosa herramienta legal. La iniciativa crea dos nuevos procedimientos simplificados para personas y micro y pequeñas empresas, tanto para su liquidación como para su reorganización. El proyecto, de por sí interesante, se hace cargo de buena parte de los problemas de aplicación práctica de la otrora nueva ley. Sin embargo, queda nuevamente fuera la posibilidad de establecer tribunales especiales de insolvencia. Encontrándose el proyecto en su fase inicial, nunca es tarde para considerar su inclusión. Después de todo, el único argumento sensato para rechazar dicha propuesta es su costo. No parece ser una mala idea invertir en administración de justicia, en un área que últimamente ha experimentado un aumento explosivo y que probablemente tendrá una gran relevancia durante el año 2021, donde es probable que se observe con mayor intensidad los efectos devastadores en la solvencia de muchas empresas, en particular en el rubro de los servicios y turismo, con motivo de las restricciones sanitarias que el gobierno se ha visto forzado a imponer producto de la pandemia del Covid-19.

Otro tema que no es posible dejar de comentar por su importante efectos práctico fue la reciente normativa dictada por la Comisión para el Mercado Financiero que reconoce la posibilidad de celebrar válidamente directorios de sociedades anónimas cerradas de manera no presencial. Una muy buena medida que no sólo es relevante en el contexto de pandemia, sino que a futuro permitirá una mayor eficiencia, propiciando la participación de directores que se encuentren en otras regiones o países de manera mucho más sencilla, con medios y obligaciones más claras.

Tributario: Sin duda en temas tributarios lo más relevante fue la reforma tributaria donde se realizó una gran labor en la simplificación del sistema, volviendo a tener sólo un sistema de tributación integrado para los contribuyentes del Impuesto de Primera Categoría, además de mantenerse los sistemas que regulan situaciones especiales como las Pymes, las Rentas Presuntas y otros. Dentro de esta reforma destacamos la actualización del Régimen Pyme a la realidad de los emprendedores, simplificando aún más el sistema, lo que a la larga les permitirá prácticamente no requerir de asesoría tributaria para enfrentar las declaraciones de renta de sus empresas, ya que se avanzó bastante hacia un sistema automático en este aspecto. Se establecieron beneficios como la depreciación instantánea, la posibilidad de tributar de acuerdo a los ingresos percibidos y los gastos efectivos del ejercicio, y otras medidas que velan por aumentar el capital de trabajo que requieren estas empresas en sus inicios. Y en los Gastos Necesarios se actualiza el concepto de la necesidad del gasto, algo controvertido por muchos años, ampliando el concepto de necesidad en cuanto a que antes el gasto tenía que ir directamente relacionado con los ingresos y hoy ya no es tan así. Eso quiere decir que hay gastos que no necesariamente van a generar un ingreso, pero que son necesarios para la vida de la compañía. Por ejemplo, el gasto efectuado en el cierre de un conflicto extrajudicial, que no es posible relacionarlo con un ingreso, pero que si es necesario para que la compañía siga funcionando.