Implicancias de las elecciones primarias del sábado 9 de junio de 2024 para los empleadores y trabajadores

En atención a las elecciones primarias de candidatos a Alcaldes y Gobernadores Regionales del próximo domingo 9 de junio, la Dirección del Trabajo con fecha 4 de junio de 2024 emitió el Dictamen N°348 que dispone que el próximo domingo 9 de junio se encontraran liberados de prestar servicios aquellos trabajadores comprendidos en el artículo 38 N°7 del Código del Trabajo que laboren en centros o complejos comerciales administrados bajo una misma razón social o personalidad jurídica.

Adicionalmente, señala que aquellos trabajadores comprendidos en los demás numerales del artículo 38 del Código del Trabajo que deban prestar servicios el próximo domingo 9 de junio, tienen derecho a ausentarse de sus labores hasta por 2 horas para efectos de sufragar, sin que ello implique un menoscabo a sus remuneraciones.

Lo anterior, de conformidad a lo dispuesto por la Ley N°18.700 sobre votaciones populares y escrutinios dispone expresamente lo siguiente:

Artículo 165.- Ninguna autoridad o empleador podrá exigir servicio o trabajo alguno que impida votar a los electores.”

    En aquellas actividades que deban necesariamente realizarse el día en que se celebrare una elección o plebiscito, los trabajadores podrán ausentarse durante dos horas, a fin de que puedan sufragar, sin descuento de sus remuneraciones.

“Artículo 166.- Los empleadores deberán conceder los permisos necesarios, sin descuento de remuneraciones, a los trabajadores que sean designados vocales de mesas receptoras de sufragios, miembros de colegios escrutadores o delegado de la junta electoral.

Por último, es importante mencionar que a los trabajadores que hayan sido designados vocales de mesa, miembros del colegio escrutador o delegados de la Junta Electoral, se le deberán conceder los permisos necesarios para el desempeño de sus funciones, por lo que es importante tener claro si algún trabajador se encuentra bajo este supuesto.

Finalmente, les recordamos que las elecciones primarias no se realizarán en todas las comunas, y respecto de cada persona es posible verificar si le corresponde sufragar, ser vocal o miembro del colegio escrutador con su RUT en la página web dispuesta por el Servel bajo el siguiente link https://consulta.servel.cl/