Nueva Ley regula la evaluación de proyectos en zonas declaradas latentes o saturadas

Este 29 de mayo se publicó en el diario oficial la Ley 21.562, que modifica la Ley 19.300 ( Ley Bases del Medio Ambiente), que “Establece restricciones a la evaluación de proyectos en zonas declaradas latentes o saturadas”

Los puntos relevantes de esta nueva normativa son:

Requerirán de un Estudio de Impacto Ambiental los proyectos que produzcan emisiones con un impacto significativo por las circunstancias que serán determinadas mediante el decreto que declare zona saturada o latente mientras no se dicte los respectivos planes de prevención o descontaminación.
Tratándose de zonas declaradas saturadas o latentes, y mientras no se dicten los respectivos planes de prevención y descontaminación, todo Estudio de Impacto Ambiental, será rechazado, cuando a consecuencia de las emisiones proyectadas del mismo produzca un impacto crítico en los componentes ambientales potencialmente afectados o en la salud dela población.
Todo plan de prevención o de descontaminación será revisado por el Ministerio del Medio Ambiente cada 5 años.
En las zonas declaradas como latentes o saturadas, y mientras no se dicten los respectivos planes de prevención o descontaminación, los proyectos nuevos o modificaciones de proyectos existentes que estén localizados en las zonas señaladas deberán compensar sus emisiones anuales en un porcentaje de acuerdo a lo indique el decreto que declare la zona saturada o latente si es que dichas emisiones representan un aporte superior al porcentaje fijado en el referido decreto en relación con el respectivo contaminante, la misma regla aplica a los proyectos o actividades que se iniciaron con anterioridad a la entrada en vigencia del Sistema de Evaluación Ambiental.