Modificaciones que establece la Ley 21.561, sobre reducción de la jornada laboral
Este viernes 26 de abril comienzan a regir las primeras modificaciones que implementa gradualmente la Ley N°21.561 que modifica el Código del Trabajo con el objeto de reducir la jornada laboral. Entre estas se destacan las siguientes:
- Reducción del límite máximo de la jornada ordinaria de trabajo a 44 horas.
- Exclusión de la limitación de jornada semanal producto de la modificación al inciso 2º del artículo 22 Código del Trabajo.
- Base de cálculo para el pago de los tiempos de espera de los chóferes de vehículos de carga terrestre interurbana. Artículo 25 bis inciso 1° del Código del Trabajo
- Jornada de trabajo y descansos de los trabajadores y trabajadoras que se desempeñan como parte de la tripulación a bordo de ferrocarriles. Artículo 25 ter Nº5 del Código del Trabajo.
- Banda de dos horas en que trabajadores madres y padres de niños y niñas de hasta 12 años y personas que tengan su cuidado personal, dentro de la cual podrán anticipar o retrasar hasta en una hora el comienzo de sus labores. Artículo 27 del Código del Trabajo.
- Compensación de horas extraordinarias por días adicionales de feriado. Agrega el inciso 4º al artículo 32 del Código del Trabajo
- Registros de asistencia a través de sistemas electrónicos producto de la sustitución del artículo 33 del Código del Trabajo.
- Interrupción de la jornada en el caso de trabajadores de restaurantes, hoteles y clubes que atienden directamente al público. Nuevo inciso 1º del artículo 34 bis del Código del Trabajo.
- Distribución de los días domingos de descanso en caso de la jornada ordinaria semanal de los trabajadores y trabajadoras de casinos de juegos, hoteles, pubs, discotecas, restaurantes clubes, bares y similares, y de los operadores del turismo. Intercala nuevo inciso 5º del artículo 38 del Código del Trabajo.
- Plazo para la emisión de Resolución fundada referida a sistemas excepcionales de distribución de jornadas de trabajo y descansos. Inciso 7° del artículo 38 del Código del Trabajo.
- Jornada parcial. Artículo 40 bis del Código del Trabajo.
- Duración de semanal de la jornada en aquellos casos que la nave se encuentre fondeada en el puerto. Inciso 1º del Artículo 109 del Código del Trabajo.
- Jornada de trabajo de los trabajadores y trabajadoras de casa particular que no viven en la casa del empleador. Artículo 149 letra d del Código del Trabajo.
- Descanso semanal de los trabajadores y trabajadoras de casa particular que vivan en la casa del empleador. Artículo 150 letra d del Código del Trabajo.
- Exclusión de la limitación de jornada semanal en caso de teletrabajo. Inciso 4º Artículo 152 quáter J del Código del Trabajo.
- Cálculo de los honorarios de los trabajadores de plataformas digitales independientes. Artículo 152 quáter Y inciso 4º del Código del Trabajo.
- Derogación de los pactos de adaptabilidad. Derogación del artículo 375 del Código del Trabajo.