Dirección del Trabajo fija criterios para el registro del Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad
Este 4 de julio la Dirección del Trabajo actualizó la doctrina administrativa, concordándola con la ley 21.327 sobre la Modernización de la Dirección del Trabajo.
En el Dictamen 919/29 aclaró que, para cumplir con la obligación de publicidad del Reglamento Interno, se puede informar a la DT y al Ministerio de Salud vía electrónica, cargándolo al portal de la DT o entregar una copia en papel en las Inspecciones Comunales o Provinciales del Trabajo.
De esta manera, se reafirmó la doctrina en cuanto a que no existe ningún inconveniente en crear, almacenar y entregar copias del Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad usando medios exclusivamente electrónicos ya sea tanto a los trabajadores como a las organizaciones sindicales.