Carta DF I Empleadores frente al Covid: de manos atadas

Señora Directora:

El 23 de marzo pasado, la Dirección del Trabajo, mediante Dictamen N°482/09, impide al empleador realizar prácticamente cualquier acción respecto a un trabajador que se niega a vacunarse en contra del Covid–19.

En opinión de la autoridad, el empleador no puede exigir a sus trabajadores que se vacunen, le impide modificar las labores convenidas, no puede despedirlos -ni aun por necesidades de la empresa-, no puede dejar de entregarles el trabajo convenido y, para finalizar, está impedido -en una entrevista de trabajo – de preguntar a un candidato si cuenta con su pase de movilidad, bajo riesgo de ser considerada esa pregunta una conducta discriminatoria.

Con lo anterior, la DT impone únicamente limitaciones al actuar del empleador, olvidando totalmente el deber de Protección que éste tiene respecto a todos sus trabajadores. En suma, en opinión de la autoridad, el hecho que un trabajador pueda poner en riesgo a sus compañeros de trabajo, no puede ser abordado por la empresa, bajo ninguna circunstancia.

Adicionalmente, la autoridad laboral no se hace cargo del hecho que la autoridad sanitaria impone limitaciones de aforo y distancia física que varían de acuerdo a si los involucrados cuentan o no con Pase de Movilidad.

En resumen, el empleador queda de manos atadas frente a un trabajador que se niega a vacunar- se en contra del Covid-19.

Martín del Río y Ricardo Eckardt
Grupo Vial Abogados