Vence el plazo para registrar contratos ante la DT
El próximo 30 de abril vence el plazo para que los empleadores registren electrónicamente ante la Dirección del Trabajo (DT) los contratos de trabajo de sus colaboradores suscritos antes del 1 de octubre de 2021, de acuerdo a lo indicado en la Ley N° 21.327, de Modernización de la DT, publicada en el Diario Oficial el 30 de abril de 2021.
Para cumplir con la exigencia, los empleadores deben ingresar a www.direcciondeltrabajo.cl y luego, mediante Clave Única si es persona natural, o a través de su representante electrónico laboral, si es persona jurídica, acceder a la plataforma MiDT. Ahí deben abrir su Registro Electrónico Laboral (REL) -que es parte del imperativo legal- y registrar todos los contratos de trabajo suscritos antes del 1 de octubre del año pasado, previa firma del trabajador o trabajadora.
El REL es un repositorio personal de cada empleador, al cual solo tienen acceso el propio empleador y la DT, en el que figuran los contratos de trabajo, los anexos que puedan serle incorporados y también los términos de la relación laboral, incluyendo la alternativa del mutuo acuerdo entre las partes.
Fuente: Dirección del Trabajo